La identificación visual estandarizada de los riesgos y el etiquetado correcto de los productos químicos son exigencias primarias para la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. La falta de información clara sobre los peligros presentes en el entorno o en los materiales manipulados compromete directamente la seguridad de las operaciones y la eficacia de las medidas de emergencia.
Para estandarizar la señalización de seguridad y la clasificación de sustancias en las empresas brasileñas, el Ministerio de Trabajo y Empleo de Brasil establece la NR 26. Este artículo detalla las directrices normativas para la señalización por colores y la rigurosa adecuación del etiquetado de productos químicos a los estándares globales.
¿Qué establece la NR 26 sobre el uso de colores?
La Norma Reglamentadora 26 (NR-26) establece medidas de señalización e identificación de seguridad que deben adoptarse en los lugares de trabajo, con el objetivo de indicar y advertir sobre los peligros y riesgos existentes.
La norma determina que los colores utilizados para identificar equipos de seguridad, delimitar áreas e identificar tuberías de líquidos y gases deben cumplir lo dispuesto en las normas técnicas oficiales (como las de la ABNT, la Asociación Brasileña de Normas Técnicas).
La NR 26 hace dos salvedades técnicas importantes sobre esta práctica:
- El uso de colores no sustituye otras formas de prevención de accidentes (la pintura es una alerta, no una barrera física).
- El uso de colores debe reducirse al mínimo posible para no provocar distracción, confusión y fatiga en el trabajador.
El Sistema GHS y el Etiquetado Preventivo
La norma determina que todo producto químico utilizado en el lugar de trabajo debe clasificarse según los criterios del GHS (Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos) de la Organización de las Naciones Unidas.
Para comunicar estos riesgos, la empresa debe utilizar el Etiquetado Preventivo. La etiqueta fijada en el envase del producto clasificado como peligroso debe contener obligatoriamente los siguientes elementos definidos por el GHS:
- Identificación y composición del producto químico;
- Pictograma(s) de peligro;
- Palabra de advertencia;
- Indicación(es) de peligro;
- Consejo(s) de prudencia; y
- Información complementaria.
La norma exige incluso que los productos químicos no clasificados como peligrosos por el GHS cuenten con un etiquetado simplificado (con el nombre, la indicación de que no es peligroso y recomendaciones de precaución).
La Ficha de Datos de Seguridad (FDS) y las Capacitaciones
Además de la etiqueta, el fabricante o proveedor debe elaborar y poner a disposición la Ficha de Datos de Seguridad (FDS) de todo producto químico clasificado como peligroso. El formato de este documento también debe seguir el estándar estructurado del GHS.
La responsabilidad de la organización contratante no termina con la compra del producto. La NR 26 exige dos acciones prácticas del empleador con respecto al equipo:
- Acceso: Asegurar que los trabajadores tengan fácil acceso a las fichas de datos de seguridad de los productos que utilizan en el lugar de trabajo.
- Capacitación: Es obligatorio capacitar a los trabajadores para que comprendan el etiquetado preventivo y la ficha de datos de seguridad, garantizando que conozcan los peligros, las medidas preventivas para el uso seguro y los procedimientos para situaciones de emergencia.
Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre la NR 26
1. ¿La NR 26 define una tabla de colores específica en su texto?
Ya no. La redacción actual de la NR 26 no enumera los colores en su texto. Determina expresamente que la señalización debe seguir las normas técnicas oficiales. Para identificar tuberías, por ejemplo, las áreas de ingeniería y el SESMT (Servicio Especializado en Ingeniería de Seguridad y Medicina del Trabajo) deben consultar la norma técnica de la ABNT correspondiente.
2. ¿Los productos de limpieza comunes (saneantes) necesitan este etiquetado del GHS?
Según el ítem 26.4.2.4 de la NR 26, los productos notificados o registrados como saneantes ante la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) están exentos de las obligaciones de etiquetado preventivo establecidas por la norma, ya que siguen las exigencias propias de la Anvisa.
3. ¿La Ficha de Datos de Seguridad debe detallar los componentes de una mezcla?
Sí. La NR 26 establece que, en el caso de mezclas, la Ficha de Datos de Seguridad debe indicar el nombre y la concentración (o rango) de las sustancias que representan un peligro para la salud de los trabajadores (cuando estén presentes en una concentración igual o superior a los límites de corte del GHS) y que tengan un límite de exposición ocupacional establecido.